¿Cómo protejo mis ‘criptozapas’? La ley se interpone en los planes empresariales en el metaverso

Zara o Nike ya han anunciado planes para comercializar sus productos en universos virtuales. Unos proyectos de difícil encaje con la ley actual, que no está adaptada a este escenario

Hace unos días, Zara presentó una nueva colección de ropa en colaboración con la firma surcoreana Ader Error, a la que bautizó como ‘AZ Collection’. Las prendas, no obstante, no solo podrán adquirirse en las tiendas físicas. Las compañías han lanzado los diseños al metaverso, concretamente a Zepeto, una plataforma que construye un mundo virtual en el que los avatares pueden realizar cualquier actividad, a partir de ahora enfundados en un abrigo de Inditex. La de Marta Ortega no es la primera ni la única empresa que ha mostrado interés en este espacio digital alternativo. En el mundo de la moda, sin ir más lejos, firmas como Gucci, Balenciaga, Dolce & Gabbana, Adidas o Nike también han comercializado sus productos en algunos de los universos paralelos existentes a día de hoy (Fortnite, League of Legends o Roblox, entre otros).

El interés que parecen estar mostrando cada vez más organizaciones está más que justificado. Al fin y al cabo, se espera que esta tecnología pase de mover de 17.000 millones de dólares a 184.000 en 2026, según Intelligence Mordor. Otras estimaciones, como la del gigante de las criptomonedas Grayscale, son más optimistas y apuntan hasta los 400.000 millones de dólares en 2025, teniendo en cuenta el espaldarazo de Facebook a este negocio después de que cambiara su nombre a Meta y anunciara la intención de crear su propio metaverso.

Las pretensiones empresariales, no obstante, tienen un difícil encaje con la normativa actual. Ni España ni la Unión Europea cuentan con leyes específicamente adaptadas a este entorno que permitan la comercialización segura de productos. Lo confirma Ramón Moreda, abogado del área de Marcas Internacional de Pons IP. «No hay diseñada una opción para proteger directamente los activos de propiedad industrial e intelectual en el metaverso», asegura. A día de hoy, el blindaje jurídico se realiza a través de las vías habituales para otros productos. Es decir, las oficinas de registros de Propiedad Intelectual.

Y aquí es donde aparece el primer reto. Para elementos explotados comercialmente en el mundo físico, las leyes en materia de propiedad intelectual a escala mundial se rigen por un mismo sistema especial: la Clasificación de Niza. Este método, enfocado al registro de marcas, organiza los productos y servicios en diferentes categorías asociadas a una actividad concreta. Por ejemplo, la primera engloba productos químicos (resinas, plásticos, abonos, fertilizantes y similares, entre muchos otros); la segunda está destinada a pinturas, barnices y lacas; la tercera a cosméticos; la cuarta a aceites y grasas industriales… y así hasta 45 categorías que incluyen tanto bienes como servicios.

De este modo, el acudir a las oficinas nacionales o internacionales con la intención de registrar una marca, el organismo estudia qué tipo de producto es el que se pretende proteger y lo encaja en una de las categorías. Sin embargo, ninguna de las clases está pensada para productos cotidianos que solo existen en el mundo virtual que tiene en mente Facebook. «Principalmente, la protección de activos digitales se englobaría en las clases 9 [aparatos con fines científicos, tecnológicas o de investigación], 35 [publicidad], 38 [servicios de telecomunicaciones], 41 [educación] y 42 [servicios e investigación, científicos y tecnológicos]», señala Moreda. La clase 9 es, de hecho, a la que se está recurriendo de momento para proteger los productos que se quieren explotar en el metaverso.

Estas categorías pueden ser más o menos adecuadas en algunos casos, pero no siempre. Es por ello que el letrado considera necesaria una revisión de la Clasificación de Niza para adaptar la norma a esta nueva realidad. «Es probable que termine ocurriendo. Al final, las leyes se va adecuando a los panoramas actuales», recuerda. Una predicción que puede acabar cumpliéndose teniendo en cuenta la evolución que ha experimentado la legislación tras la llegada de Internet o las redes sociales.

Límites geográficos, inexistentes en Internet

Otro de los desafíos que presenta el metaverso es la ausencia de fronteras. En el mundo real, las patentes y las marcas suelen tener limitaciones geográficas, una característica que difícilmente puede acotarse en un mundo virtual. ¿Cómo se encuadra esta característica con la realidad que supone internet? «Es complicado», adelanta el abogado de Pons IP. Y agrega que, la recomendación que se sigue actualmente es proteger los productos que se quieren explotar comercialmente en todos los territorios en los que la empresa tenga presencia.

A pesar de ello, el reto transfronterizo de lo digital sigue estando presente. «La globalización, las redes sociales y las páginas web dan visibilidad a nivel global. Dado que las marcas rara vez se protegen a nivel mundial, muchas empresas están expuestas a la piratería y falsificación», lamenta. No obstante, no descarta que, si el universo de Facebook acaba siendo un verdadero éxito, se revise este sistema y se ideen soluciones adaptadas. Como por ejemplo, la creación de organismos de propiedad intelectual presentes únicamente en el mundo virtual a través de las cuales se puedan registrar marcas o patentes. Una opción posible pero remota, ya que requeriría del consenso de todos los gobiernos.

‘Criptozapas’

A pesar de las dificultades, ya hay empresas que han empezado a proteger sus productos virtuales. Es el caso de Nike, que hace unas semanas solicitó ante las oficinas estadounidenses de propiedad intelectual el registro de varias patentes que apuntan a una posible comercialización de zapatillas en el metaverso. Pero no se acaba ahí. «Nike lleva diseñando una estrategia de protección muy ambiciosa, dado que comenzó a estudiar la protección de sus patentes en 2018. Un año después ya patentó un sistema para ‘tokenizar’ sus zapatillas CryptoKicks en la blockchain de Ethereum», explica Moreda.

Otro ejemplo aún más representativo es RTFKT, una compañía radicada en Estados Unidos íntegramente orientada a los espacios virtuales y dedicada a crear ‘criptozapatillas’ y otros artefactos digitales.

Exista interés en vender productos a avatares o no, el letrado recomienda que las compañías, especialmente las grandes multinacionales con marcas fuertes, que se planteen proteger su marca en el mundo virtual. El potencial de negocio que se estima para los escenarios digitales supondrá en definitiva un riesgo extra para las empresas, que podrán ver como piratas digitales se aprovechan de la ausencia de protección y explotan su marca en el metaverso.

 

Fuente: www.elconfidencial.com

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *