Como reclamar a los bancos la devolución de gastos de formalización de hipotecas
Los consumidores han llegado a pagar hasta más de 3.000 euros que no les correspondían abonar
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A finales de 2015 una Sentencia del Tribunal Supremo consideró que son nulas las cláusulas que imponen al consumidor TODOS los gastos de formalización y constitución de hipotecas (Notaría y Registro) y el pago de los tributos que le corresponden al banco.
Gracias a la hipoteca, el banco posee una garantía real y preferente que, en caso de impago, le permite promover la venta de la vivienda para satisfacer la deuda pendiente. La constitución de la hipoteca a favor del banco se realiza ante notario, se inscribe en el registro de la propiedad y está sujeta al pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Es el banco el mayor beneficiado de la formalización de la hipoteca, aunque sea el consumidor quien en la práctica paga todos los gastos.
A modo de ejemplo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados ascendería a 2.550 euros para una hipoteca de 150.000 euros, con una responsabilidad hipotecaria de 255.000 euros y un tipo impositivo del 1% (en la actualidad oscila entre el 0,5% y el 1,5%, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde radique el inmueble). A este impuesto, habría que añadir alrededor de 425 euros de gastos de notario y 125 de Registrado de la Propiedad. En total unos 3.100 euros que finalmente paga el consumidor por la abusiva imposición de los bancos.
Tal y como afirma el Tribunal Supremo, son nulas las cláusulas que “imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados”. Esta sentencia afecta de forma directa al Banco Popular y BBVA, pero el mismo criterio se puede aplicar a todas las hipotecas, pues es en la práctica casi la totalidad de hipotecas tienen una cláusula con efectos similares.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA RECLAMACIÓN
- ESCRITURA DE HIPOTECA
- AMPLIACIONES O NOVACIONES POSTERIORES
- RECIBO DE PAGO DE HIPOTECA (SOLO SI SIGUE VIGENTE)
- FACTURA DE LA GESTORÍA TRAMITADORA
- FACTURA DEL NOTARIO
- FACTURA DEL REGISTRO
- CARTA DE PAGO DE IMPUESTO ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
- CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO (solo si es la vivienda habitual)
- ESCRITURA DE CANCELACIÓN DE HIPOTECA ( si estuviera cancelada y se tuviera dicho documento)
Fuente: OCU
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