Espiar el móvil de la pareja: dos años y medio de cárcel
Los jueces castigan con prisión la apropiación de archivos informáticos entre cónyuges.
Tribunal Supremo que en una sentencia de 2003 determinó que “la invocada dimensión familiar de la intimidad no autoriza en modo alguno a uno de los cónyuges a violar el derecho fundamental a la intimidad que, como persona, tiene el otro cónyuge ni a vulnerar el secreto de las comunicaciones que, a toda persona otorga el artículo 18 de la Constitución, tanto en el ámbito individual como en el familiar de su existencia. Se trata de derechos básicos del ser humano que proscriben la injerencia de quien su titular no desee en el ámbito de su personalísima privacidad, que no cabe entender renunciado por el hecho de contraer matrimonio”.
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